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España
Constitución de 1812

 

Constitución política de la monarquía española

Don Fernando Séptimo, por la gracia de Dios y la constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del Reino, nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, a todos los que las presentes vieron y entendieren, Sabed: Que las mismas Cortes han decretado y sancionado la siguiente

Constitución política de la monarquía española

En el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo, autor y supremo legislador de la Sociedad.

Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, bien convencidas, después del más detenido examen y madura deliberación, de que las antiguas leyes fundamentales de esta Monarquía, acompañadas de las oportunas providencias y precauciones, que aseguren de un modo estable y permanente su entero cumplimiento, podrán llenar debidamente el grande objeto de promover la gloria, la prosperidad y el bien de toda la Nación, decretan la siguiente Constitución política para el buen gobierno y recta administración del Estado

Título I
De la nación española y de los españoles

Capítulo I
De la nación española

  • Artículo 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.
  • Artículo 2. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
  • Artículo 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
  • Artículo 4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen.

Capítulo II
De los españoles

  • Artículo 5. Son Españoles:
    --Primero. Todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las --Españas, y los hijos de éstos.
    --Segundo. Los extranjeros que hayan obtenido de las Cortes carta de naturaleza.
    --Tercero. Los que sin ella lleven diez años de vecindad, ganada según la ley en cualquier pueblo de la Monarquía.
    --Cuarto. Los libertos desde que adquieren la libertad en las Españas.
  • Artículo 6. El amor a la Patria es una de las principales obligaciones de todos los españoles, y asimismo el ser justos y benéficos.
  • Artículo 7. Todo español está obligado a ser fiel a la Constitución, obedecer las leyes y respetar las autoridades establecidas.
  • Artículo 8. También está obligado todo español, sin distinción alguna, a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.
  • Artículo 9. Está asimismo obligado todo español a defender a la Patria con las armas, cuando sea llamado por la ley.

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